Nuevos reglamentos de Guardia Vieja
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Reglamento de la categoría “Guardia Vieja” Radio Asistidos
con tiempo de motor limitado (L.E.R.)
Fecha de entrada en vigencia: 1ro. de Enero de 2009
Nota Preliminar: El presente reglamento tendrá una validez de 3 años.
Al término de cada año podrá ser modificado solo en la medida que no implique la exclusión
de modelos encuadrados en el mismo o en cláusulas relativas a la seguridad.
1- Modelos:
Serán los modelos publicados o elaborados como kit hasta el 31 de diciembre de 1942, a nivel internacional.
Se permitirán también modelos de diseño nacional de hasta el 31-12-1950. Debe existir del modelo, documentación fehaciente que pruebe que fue diseñado antes de las fechas indicadas.
Se autorizan, asimismo todos los modelos cuyos planos hayan sido publicados en la revista “Aeromodelismo” entre los años 1949 –1953.
Estos pueden ser según su tamaño original o bien en escala reducida o aumentada, según el motor utilizado.
Los modelos deberán tener ruedas para decolar desde el suelo o tarima. Si el original lleva dos ruedas, deberán respetarse; si llevara una, puede ser una ó bien dos; y si no tuviera ninguna, deberá llevar dos.
2- Motor:
Características Generales:
Solo podrán utilizarse motores de fabricación en serie para aeromodelismo, de hasta .65 pulgadas cúbicas de cilindrada.
Los motores a ignición, originales o sus réplicas, están permitidos. Los motores estarán desprovistos de silenciadores, de modo que el cronometrista pueda constatar la detención del motor. No se permitirán pipas u otros artificios de escape que aumenten la potencia del motor.
Por lo expresado anteriormente, los motores no podrán usar elementos que disminuyan su nivel de ruido ni que aumenten su potencia. Se admitirá un tubo corto conectado a la lumbrera de escape al solo efecto de evacuar los gases de escape fuera de un carenado o cachas laterales de prolongación del fuselaje. Quien use este adminículo será pasivo a criterio del DC que se realice un ensayo de marcha del motor con y sin tubo de extensión para probar el no aumento de potencia.
3- Superficie alar:
La superficie mínima será de 14.5 dm2 por cada 1/10 pulgada3 de cilindrada (así, 14.5 dm2 será la superficie mínima de ala para un motor .10).
Este punto no se aplica en caso de estar el modelo equipado con su motor original de ignición a chispa o su réplica. Son considerados motores originales de ignición, aquellos construidos antes del 31 de Diciembre de 1949 o sus réplicas. En la misma categoría se incluyen los motores Diesel originales construidos antes de esa misma fecha o sus réplicas.
[Aclaración: Siempre que se mencione superficie alar en el presente reglamento, debe entenderse superficie dibujada o “de plano” y no superficie proyectada].
4- Peso mínimo:
La carga alar será de 30.5 gr por dm2 de ala, (así, un modelo de 14.5 dm2 deberá pesar 443 gr como mínimo).
(Disponiendo de un motor se deberá determinar la superficie alar mínima, y a partir de ella, el peso mínimo, o inversamente elegida la superficie alar, se calcula el motor máximo admisible y el peso mínimo correspondiente. El Peso del modelo deberá estar siempre supeditado a la superficie alar real y no a la cilindrada del motor)
5- Controles:
El modelo deberá contar con equipo de radio control actuando sobre elevador, timón de dirección y corte de motor. Estos tres comandos tienen carácter de obligatorios.
6-Hélices
Será admitido cualquier tipo de hélice casera (no de material compuesto) o comercial no plegable siempre que la misma reúna adecuadas condiciones de seguridad. No se admitirán hélices confeccionadas por laminación de materiales compuestos.
7- Tiempo de motor:
Se establece de acuerdo a las características del motor utilizado.
15 segundos: Para motores especiales de competición, motores presurizados, y/o motores con carburador modificado.
18 segundos: Para motores Glow o Diesel de fabricación estándar para R/C, no presurizados y sin ningún tipo de modificación del carburador.
23 segundos: Para motores con ignición a chispa, originales o réplicas, no convertidos.
8- Estructura del modelo:
La construcción deberá respetar, dentro de las tolerancias normales de construcción y escalamiento, el contorno del modelo original, así como perfil alar, incidencias, brazo de nariz, brazo de cola y diedros. Se podrá modificar la ubicación, cantidad y tamaño de los largueros de ala y estabilizador.
El enchapado del ala y estabilizador se deberá mantener tal como en el modelo original, solo autorizándose a enchapar entre la 1ra y 3ra costilla en caso que el modelo original no lo estuviera.
El fuselaje podrá ser enchapado para su refuerzo, como máximo, hasta la proyección del borde de fuga del ala, en caso que el original no lo estuviera.
No son permitidas partes en “foam” y/o armadas con materiales compuestos, tales como D-Box, Bordes de fuga o ataque, Cabanas, largueros y Capstrips. El material de entelado es libre.
Si el original poseía ventanas transparentes estas no podrán ser simuladas.
La documentación empleada para comparar el modelo del concursante con el original, deberá ser un plano aparecido en publicación reconocida o contenido en el equipo original de construcción.